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¿Cómo obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE en España? | Guía Completa 2026

Guía completa para solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE en España . Conoce los requisitos, documentos y pasos para obtener tu residencia.

España Extranjería
Actualizado: 5 de diciembre de 2026

Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la UE

El derecho a la libre circulación es uno de los pilares fundamentales de la Unión Europea. Este principio no solo se aplica a sus ciudadanos, sino que también se extiende a sus familias, creando una vía preferente para la residencia en países como España. Aquí es donde entra en juego la Tarjeta de Familiar de Ciudadano de la UE, un permiso que formaliza el derecho a vivir y trabajar en territorio español para los familiares extracomunitarios de un ciudadano europeo.

Su principal atractivo reside en sus ventajas frente a otros permisos de residencia. Desde el inicio, otorga una vigencia de cinco años y, lo que es más importante, autoriza a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el momento en que se presenta la solicitud. Este marco, regulado por el Real Decreto 240/2007, ofrece un camino estable y bien definido para obtener la tarjeta familiar comunitario España.

¿Quién puede acogerse a esta vía de residencia?

Para entender quién puede solicitar esta tarjeta, es fundamental distinguir entre el ciudadano de la UE/EEE o Suiza, que actúa como "reagrupante", y su familiar extracomunitario, que es el solicitante. La normativa establece claramente qué vínculos familiares dan acceso a este derecho, dividiéndolos en varias categorías.

Familiares directos: el núcleo principal

Este grupo tiene el acceso más directo y sus vínculos son más sencillos de acreditar. Incluye a:

  • El cónyuge, siempre que no exista un divorcio o una separación legal.
  • La pareja registrada en un registro público de un Estado miembro de la UE, siendo esta situación incompatible con un matrimonio vigente.
  • Los descendientes directos (hijos o nietos) del ciudadano de la UE o de su cónyuge/pareja que sean menores de 21 años.
  • Los descendientes mayores de 21 años que vivan a cargo, es decir, que dependan económicamente del ciudadano europeo.
  • Los ascendientes directos (padres o abuelos) del ciudadano de la UE o de su cónyuge/pareja que vivan a cargo.

Familia extensa: otros vínculos familiares

Más allá del núcleo directo, la normativa contempla a otros familiares, aunque la acreditación es más exigente. Se trata de parientes que, en su país de procedencia, ya dependían económicamente del ciudadano comunitario o convivían con él. También se incluye a aquellos familiares que, por motivos graves de salud o discapacidad, requieren estrictamente su cuidado personal.

Pareja estable no registrada: la prueba de la convivencia

¿Y qué pasa con las parejas que no están casadas ni registradas? La ley reconoce las relaciones estables y duraderas. Para demostrarlo, se debe probar una convivencia continuada de al menos un año antes de la solicitud. Este requisito de tiempo puede omitirse si la pareja tiene descendencia en común, en cuyo caso bastará con acreditar la convivencia estable.

Requisitos esenciales que debe cumplir el ciudadano europeo

El derecho del familiar no es absoluto; depende directamente de la situación del ciudadano de la UE en España. Este debe demostrar que no se convertirá en una carga para el sistema de asistencia social español. Para ello, tiene que cumplir una de las siguientes condiciones, aportando la documentación correspondiente. La acreditación de estos requisitos tarjeta comunitaria 2026 es fundamental, tal como se detalla en el portal de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España.

Condiciones del Ciudadano Comunitario y Documentación Clave

Condición del Ciudadano UEDocumentación Acreditativa PrincipalPuntos Clave
Trabajador por cuenta ajenaContrato de trabajo registrado y alta en la Seguridad Social.Demuestra una relación laboral activa en España.
Trabajador por cuenta propiaAlta en el Censo de Actividades Económicas (AEAT) y alta en el RETA.Prueba una actividad económica independiente y legal.
Dispone de medios económicosCertificados bancarios, títulos de propiedad y seguro de enfermedad completo.Los recursos deben superar el umbral del IPREM anual.
EstudianteMatrícula del centro de estudios, seguro médico y declaración responsable de fondos.Solo puede reagrupar a cónyuge/pareja e hijos a cargo.

Nota: Esta tabla resume las cuatro vías principales para que el ciudadano de la UE demuestre su capacidad para sostener a su familiar. La elección de la vía determinará la documentación específica a presentar.

Cuando se acreditan medios propios, la cantidad exigida se basa en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta cifra aumenta progresivamente por cada miembro de la familia adicional que se reagrupe. Es importante tener en cuenta que si el ciudadano europeo es estudiante, solo podrá dar derecho a la tarjeta a su cónyuge o pareja registrada y a sus hijos a cargo.

Lista de documentos necesarios para el solicitante

Reunir la documentación correcta es, quizás, el paso más crítico del proceso. Un expediente incompleto o con errores es la causa más común de denegación. A continuación, desglosamos los documentos que necesitarás.

Documentación general para todos los casos

Independientemente del vínculo familiar, todo solicitante debe presentar:

  • El formulario de solicitud modelo EX-19 familiar comunitario, debidamente cumplimentado y firmado.
  • El pasaporte completo, válido y en vigor. Si estuviera caducado, se debe aportar copia del pasaporte y de la solicitud de renovación.
  • El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión del familiar europeo (la tarjeta verde o folio A4) o su DNI si es español.
  • Un certificado de empadronamiento conjunto y reciente, que demuestre que ambos residen en el mismo domicilio en España.
  • Una fotografía reciente tamaño carné, en color y con fondo blanco.
  • El justificante de pago de la tasa Modelo 790 (código 012). El importe se actualiza anualmente, por lo que es recomendable consultar las últimas noticias sobre las tasas de extranjería.

Documentación específica para acreditar el vínculo familiar

Además de lo anterior, deberás añadir los documentos que prueben tu relación con el ciudadano de la UE:

  • Cónyuge: Certificado de matrimonio actualizado, con una antigüedad inferior a tres meses.
  • Pareja registrada: Certificado del registro público de parejas de hecho.
  • Descendientes mayores de 21 o ascendientes: Documentación que acredite de forma fehaciente la dependencia económica, como envíos de dinero regulares durante los últimos 12 a 24 meses.

La importancia de la legalización y traducción jurada

Este es un punto que a menudo genera problemas. Todo documento emitido por un país extranjero (certificados de nacimiento, matrimonio, etc.) debe estar legalizado con la Apostilla de La Haya o, en su defecto, por vía diplomática. Una vez legalizado, si no está en castellano, debe ser traducido por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España. Sin estos dos requisitos, el documento no tendrá validez.

Guía paso a paso para presentar la solicitud

Una vez que tienes todo el expediente preparado, llega el momento de presentarlo. Tienes dos opciones, aunque una de ellas es claramente más eficiente que la otra. Para una visión general de los procedimientos, puedes consultar nuestra guía con el paso a paso de trámites de extranjería.

Presentación presencial: la vía tradicional

Esta opción consiste en acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides. El principal obstáculo es la necesidad de conseguir una cita previa a través del portal del gobierno. La disponibilidad de citas suele ser muy limitada, lo que puede retrasar la presentación durante semanas o incluso meses. Requiere paciencia y planificación.

Presentación telemática: la opción recomendada

Sin duda, la forma más rápida y segura de solicitar tarjeta familiar UE es a través de internet. La solicitud se realiza en la plataforma Mercurio de la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas. Para ello, necesitas un certificado digital a tu nombre o contar con la representación de un profesional colegiado, como un abogado o un gestor administrativo. Este método agiliza los plazos y proporciona un resguardo de presentación inmediato y con validez legal.

Recuerda que tienes un plazo de tres meses desde tu entrada en España para presentar la solicitud. Superar este plazo puede complicar el trámite y generar requerimientos adicionales.

Después de la solicitud: plazos, resolución y siguientes pasos

Una vez presentada la solicitud, comienza un período de espera. La administración tiene un plazo máximo legal de tres meses para emitir una resolución. Es importante entender qué significa esto. Si transcurrido ese tiempo no has recibido ninguna notificación, la solicitud se considera denegada por "silencio administrativo negativo". Esto no es el final del camino, ya que abre la puerta a presentar un recurso.

Sin embargo, el documento más valioso durante esta espera es el resguardo de la solicitud. Este justificante no solo acredita tu situación de estancia legal en España, sino que, de manera crucial, te autoriza a trabajar legalmente mientras esperas la decisión final sobre tu residencia por familiar comunitario. Esto supone una gran ventaja frente a otros tipos de permisos.

Cuando recibas la resolución favorable, el último paso es la "toma de huellas". Deberás solicitar otra cita, esta vez en la Comisaría de Policía correspondiente, para registrar tus huellas dactilares y solicitar la expedición de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). La tarjeta física suele tardar unos 45 días en estar lista para su recogida.

Preguntas frecuentes y situaciones especiales

El proceso puede generar muchas dudas. Aquí respondemos a las más habituales para aclarar conceptos clave y evitar errores comunes.

¿Necesito visado para entrar a España?
Depende de tu nacionalidad. Si eres de un país que requiere visado Schengen para entrar en España, deberás solicitar un visado específico para familiar de ciudadano de la UE en el consulado español de tu país. Este visado es gratuito y su tramitación es preferente.

¿Puedo solicitar la tarjeta de familiar de comunitario si mi familiar es español?

Desde el 20 de mayo de 2026, los familiares de ciudadanos españoles ya no pueden tramitar la tarjeta comunitaria. El nuevo Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024) creó una vía específica: la Autorización de Residencia de Familiar de Ciudadano Español, regulada por el artículo 124.3 del Reglamento.

¿Qué ocurre en caso de divorcio, separación o fallecimiento?
La residencia no se pierde automáticamente. Se puede mantener el derecho si, por ejemplo, el matrimonio duró al menos tres años (uno de ellos en España), si se obtiene la custodia de los hijos del ciudadano de la UE, o si se han vivido situaciones de violencia de género. En caso de fallecimiento, se mantiene el derecho si ya se residía en España como familiar antes del suceso.

¿Cuánto tiempo puedo estar fuera de España?
Para mantener la tarjeta de residencia, no puedes ausentarte de España durante más de seis meses en un período de un año. Superar este límite puede ser causa de extinción del permiso, salvo que existan razones justificadas como enfermedad grave, estudios o un traslado laboral temporal.

EspanaExtranjeria no es un sitio oficial del Gobierno de España. La información es de carácter general y educativo y puede contener errores no intencionados o quedar desactualizada. Verifique siempre en fuentes oficiales antes de realizar trámites.

Si necesita consejo legal sobre su caso, consulte a un abogado especialista.

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