¿Cómo regularizar mi situación en España con arraigo? | Guía Completa de Arraigos 2026
Descubre los tipos de arraigo en España y sus requisitos.
Mapa de España con un camino luminoso hacia la regularización.
Si llevas tiempo en España y buscas una vía para obtener la residencia, el arraigo es una de las figuras jurídicas más importantes. Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024 el 20 de mayo de 2026, las reglas para regularizar tu situación han cambiado de forma significativa, abriendo nuevas oportunidades. Este nuevo reglamento de extranjería 2026 redefine los caminos para quienes han echado raíces en el país. El arraigo es un mecanismo que permite a ciudadanos no comunitarios obtener una autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Esta guía desglosa cada tipo de arraigo, sus requisitos actualizados y cómo elegir el más adecuado para ti.
Requisitos Comunes para Solicitar el Arraigo
Antes de explorar las modalidades específicas, es fundamental conocer los cimientos sobre los que se construye cualquier solicitud de arraigo. La Instrucción SEM 1/2026 establece una serie de condiciones que actúan como un primer filtro y que son de obligado cumplimiento para casi todos los tipos de arraigo. Piensa en ellos como la lista de verificación inicial que debes superar antes de continuar.
Estos son los requisitos generales que debes cumplir:
- Permanencia continuada de 2 años en España, con la excepción del arraigo familiar.
- Ausencias máximas de 90 días durante ese período de dos años.
- No ser solicitante de protección internacional en el momento de presentar la solicitud ni durante su tramitación.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
- No suponer una amenaza para el orden público, la seguridad nacional o la salud pública.
- Haber abonado la tasa de tramitación correspondiente.
Cumplir con estos puntos es el primer paso indispensable. A partir de aquí, cada tipo de arraigo añade sus propias condiciones específicas, que detallaremos en las siguientes secciones.
Cómo Acreditar tu Permanencia Continuada en España
Demostrar que has vivido en España de forma ininterrumpida durante dos años es, quizás, el pilar de tu solicitud. No se trata solo de afirmarlo, sino de construir una línea de tiempo sólida con pruebas documentales. La administración necesita ver un rastro de tu vida en el país que cubra todo el período. El documento más sólido para ello es el certificado de empadronamiento histórico, ya que refleja oficialmente tus domicilios y las fechas de alta y baja.
Sin embargo, todos sabemos que la vida no siempre sigue un camino administrativo perfecto. ¿Qué ocurre si no has estado empadronado todo el tiempo? No es un impedimento definitivo, pero te obliga a ser más minucioso. Debes complementar tu expediente con otras pruebas que demuestren tu presencia física. La clave es la variedad y la consistencia. Algunos documentos válidos son:
- Informes médicos: Citas en centros de salud públicos o privados, cartillas sanitarias con movimientos o informes de especialistas.
- Comprobantes de envíos de dinero: Justificantes de transferencias realizadas desde España a tu país de origen.
- Billetes de transporte: Tickets de tren, autobús o vuelos nacionales que muestren tus desplazamientos dentro de España.
- Facturas y contratos: Contratos de alquiler, recibos de luz, agua, gas o internet a tu nombre.
- Certificados de formación: Diplomas de cursos de idiomas, talleres o cualquier formación que hayas realizado.
- Vida laboral: Si has tenido algún tipo de actividad laboral, aunque fuera de manera irregular.
Presentar un conjunto diverso de estos documentos refuerza tu caso y demuestra tu arraigo de manera convincente. Recuerda que evitar errores comunes en la documentación es fundamental para poder regularizar tu situación en España con éxito.
Arraigo Sociolaboral: El Camino a través de una Oferta de Empleo
Si tienes un empleador dispuesto a contratarte, el arraigo sociolaboral es tu vía más directa. Esta modalidad está diseñada para quienes pueden integrarse en el mercado laboral de inmediato. Una de las mejoras más importantes del nuevo reglamento es que hace este camino más accesible. Ya no es necesario cumplir con requisitos salariales rígidos que no se ajustaban a la realidad de muchos empleos.
Los requisitos específicos se han flexibilizado notablemente:
- Necesitas una oferta de empleo de mínimo 20 horas semanales. Además, puedes sumar varios contratos para alcanzar este mínimo.
- El contrato debe tener una duración mínima de 90 días.
- El salario debe ser proporcional a la jornada laboral, eliminando la antigua exigencia de alcanzar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) completo en contratos a tiempo parcial.
- Ya no se requiere un informe de inserción social, lo que simplifica considerablemente el trámite.
Un punto clave es que el contrato de trabajo está condicionado a la aprobación de tu autorización de residencia. Esto da seguridad tanto al empleador como a ti. Si te preguntas cómo solicitar arraigo laboral, el primer paso es asegurar esa oferta y asegurarte de que cumple estas nuevas condiciones. Esta figura es una de las que más se beneficia de la reforma, alineándose mejor con las necesidades reales del mercado de trabajo en España.
Arraigo Social: Vínculos Familiares o Medios Económicos Propios
A diferencia del arraigo sociolaboral, que se centra en una oferta de empleo, el arraigo social se basa en tu situación personal: tus lazos familiares en España o tu capacidad para mantenerte por ti mismo. No se trata de elegir entre uno y otro; tu situación real determina cuál es el camino correcto. Si no tienes una oferta de trabajo pero cumples otros criterios, esta es tu alternativa.
Para cumplir los requisitos del arraigo social en España, debes encontrarte en uno de los siguientes supuestos:
- Tener vínculos familiares: Si tienes un cónyuge, pareja de hecho registrada, hijos o padres con residencia legal en España. En este caso, tu familiar debe acreditar que cuenta con medios económicos equivalentes al 200% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Contar con medios económicos propios: Si puedes demostrar que dispones de recursos suficientes para tu sustento, equivalentes al 100% del IPREM. Para esta vía, es imprescindible presentar un informe de inserción social favorable emitido por tu ayuntamiento.
- Desarrollar una actividad por cuenta propia: Si tu plan es emprender tu propio negocio. Además de presentar un plan de viabilidad de tu proyecto, también necesitarás el informe de inserción social.
La necesidad del informe de inserción social en los supuestos de medios propios y cuenta propia es una diferencia fundamental con el arraigo sociolaboral. Este documento evalúa tu grado de integración en la sociedad española, como el conocimiento del idioma o la participación en redes sociales y culturales. Preparar la documentación adecuada es crucial, especialmente con los cambios recientes en los papeles para el arraigo social.
Arraigo Socioformativo: Regularización a través de la Formación
El arraigo socioformativo, conocido anteriormente como "arraigo para la formación", se consolida como una opción excelente para quienes desean regularizar su situación mientras invierten en su futuro profesional. Esta vía te permite obtener una autorización de residencia de un año si te comprometes a realizar una formación oficial que te capacite para un empleo.
Para acceder a esta modalidad de arraigo para formación en España, debes estar matriculado o cursando uno de los siguientes estudios:
- Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas (ESPA).
- Ciclos formativos de grado básico.
- Certificados de Profesionalidad de nivel 1, 2 o 3.
- Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, especialmente en ocupaciones del Catálogo de Difícil Cobertura.
El nuevo reglamento introduce dos novedades importantes. Primero, ahora se exige un informe de integración social, similar al del arraigo social. Segundo, y esta es una ventaja transformadora, se permite trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas semanales mientras estudias. Esta modificación es un gran alivio, ya que antes no era posible compatibilizar la formación con un empleo, lo que dificultaba la subsistencia económica durante el período de estudios.
Arraigo Familiar y de Segunda Oportunidad: Casos Especiales
Existen situaciones personales que no encajan en las categorías anteriores, y para ellas el reglamento contempla dos figuras específicas. El arraigo familiar está pensado para quienes tienen un vínculo directo con un ciudadano español o comunitario. Su gran ventaja es que no exige un período de permanencia mínima en España. Puedes solicitarlo si eres padre o madre de un menor de nacionalidad española o comunitaria. Es importante aclarar que, en casos de arraigo familiar sin convivencia, basta con estar al corriente de las obligaciones paternofiliales. La autorización concedida tiene una vigencia de cinco años y permite trabajar.
Por otro lado, el arraigo de segunda oportunidad es una vía de recuperación para quienes tuvieron una autorización de residencia en el pasado y la perdieron por razones ajenas a su voluntad. Para acceder a él, debes haber permanecido en España durante dos años desde que perdiste tu tarjeta. Sin embargo, las exclusiones son estrictas: no podrás acogerte a esta figura si tu autorización anterior se extinguió por fraude, condenas penales o motivos de orden público. Según establece el Real Decreto 1155/2024, esta opción busca dar una solución a situaciones sobrevenidas, no a extinciones por incumplimientos graves.
Proceso de Solicitud, Vigencia y Prórrogas
Una vez que has identificado el tipo de arraigo que se ajusta a tu perfil, el siguiente paso es iniciar el trámite administrativo. Tienes dos opciones para presentar tu solicitud. La vía presencial, solicitando cita previa en la Oficina de Extranjería de tu provincia, sigue estando disponible. Sin embargo, la presentación telemática a través de la Plataforma Mercurio es la opción más recomendable. No solo agiliza el proceso, sino que te proporciona un resguardo de solicitud inmediato, lo que te da tranquilidad y una prueba fehaciente del inicio de tu trámite.
Comprender la vigencia de cada autorización y cómo renovarla es igual de importante. La siguiente tabla resume las condiciones para cada tipo de arraigo, permitiéndote planificar a largo plazo. Seguir el procedimiento paso a paso es clave para evitar contratiempos.
| Tipo de Arraigo | Vigencia Inicial | Prórroga | Requisito Clave para la Prórroga |
|---|---|---|---|
| Sociolaboral | 1 año | 1 año | Acreditar búsqueda activa de empleo. |
| Social | 1 año | 1 año | Estar inscrito en un servicio público de empleo. |
| Socioformativo | 1 año | 1 año | Certificar la promoción al segundo curso de la formación. |
| Familiar | 5 años | No aplica (se modifica a otro tipo de residencia) | - |
| Segunda Oportunidad | 1 año | 1 año | Acreditar búsqueda activa de empleo. |
Nota: Esta tabla resume la duración inicial de cada autorización y los requisitos para su renovación, según lo establecido en el nuevo reglamento. El arraigo familiar, al tener una vigencia de 5 años, no se prorroga, sino que se modifica a otro tipo de residencia al finalizar su validez.
El plazo para solicitar la prórroga es de 60 días naturales antes de la fecha de expiración, aunque puedes hacerlo hasta 90 días después, si bien esto podría acarrear un procedimiento sancionador.
Preguntas Frecuentes sobre el Trámite de Arraigo
El proceso de solicitud de arraigo genera muchas dudas. A continuación, respondemos a las preguntas más habituales para darte mayor claridad y seguridad durante tu trámite.
¿Puedo salir de España mientras espero la resolución?
Durante los dos años previos a la solicitud, tus ausencias no pueden sumar más de 90 días. Una vez presentada, aunque no hay una prohibición expresa, es muy recomendable no salir de España hasta tener la resolución favorable para evitar complicaciones.
¿Cuánto tarda la resolución?
La Oficina de Extranjería tiene un plazo legal de tres meses para resolver tu expediente. Si transcurrido ese tiempo no has recibido una notificación, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo negativo. Esto te permite interponer los recursos correspondientes.
¿Qué pasa si me deniegan el arraigo?
Tienes dos opciones. Puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes ante la misma Oficina de Extranjería, o bien interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales en el plazo de dos meses.
¿Necesito traducir mis documentos extranjeros?
Sí. Todo documento que no esté en español debe ser traducido por un traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Además, los documentos públicos extranjeros deben estar previamente legalizados o apostillados.
¿Puedo trabajar mientras tramito el arraigo?
No. No puedes trabajar legalmente hasta que obtengas la resolución favorable y tengas tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). La única excepción es el arraigo socioformativo, que con el nuevo reglamento te permite trabajar hasta 30 horas semanales mientras realizas tu formación.
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